Taxonomía europea: plazos, actividades incluidas en cada sector y problemas sin resolver

El Acto Delegado publicado este miércoles por la Comisión Europea define una primera clasificación, que está viva, pero que no da respuesta a los debates sobre el gas y la nuclear

La Unión Europea ha dado varios pasos importantes este miércoles en la definición de los criterios técnicos de selección de las actividades económicas que contribuyen a mitigar el cambio climático.

Entre ellos, la publicación del primer Acto delegado de la Comisión Europea del Reglamento de la Taxonomía contribuye a crear un lenguaje común y un sistema de clasificación de actividades, para que Europa tenga la primera «lista verde» del mundo.

Con estos criterios, se cubren 13 sectores que representan el 40% de las empresas cotizadas domiciliadas en la Unión Europea, que son responsables de casi el 80% de las emisiones directas de gases invernadero en Europa.

El Acto Delegado acordado este 21 de abril se adoptará formalmente a finales de mayo y entrará en vigor tras el escrutinio de los colegisladores, que cuentan con cuatro meses prorrogables otros dos meses más. Es decir, será de aplicación a partir del 1 de enero de 2022.

Se trata de un «documento vivo», que seguirá añadiendo más actividades con el paso del tiempo. A finales de 2021, se adoptará un Acto Delegado complementario sobre agricultura y determinados sectores energéticos que no se han incluido en el acuerdo de hoy.

«Las nuevas reglas de hoy suponen un cambio en las finanzas. Es el momento de poner las palabras en acción e invertir de forma sostenible», ha sostenido la Comisaria responsable de los servicios financieros, la estabilidad financiera y la Unión de Mercados de Capitales, Mairead McGuinness.

¿Para qué sirve la Taxonomía?

«Las empresas, tanto financieras como no financieras, que entran en este marco de la taxonomía pueden utilizar los criterios del Acto Delegado de Taxonomía para el Clima como brújula para guiar su transición hacia la sostenibilidad», explica la Comisión.

En este sentido, las empresas pueden utilizar la taxonomía de la UE para planificar su transición climática y medioambiental y obtener financiación para esta transición.

Por su parte, los participantes del mercado financiero pueden utilizarla para diseñar productos financieros verdes.

Facilita la transparencia pero no obliga a invertir en ‘verde’

La divulgación de actividades ecológicas alineadas con la taxonomía por parte de las empresas conllevará que haya información de sostenibilidad con más garantías y comparable a disposición de inversores y partes interesadas.

Aunque la taxonomía de la UE puede orientar a los participantes del mercado en sus decisiones de inversión, no prohíbe la inversión en ninguna actividad y no existe la obligación de que las empresas estén alineadas con la taxonomía.

Estos son los criterios técnicos

El organismo presidido por Ursula Von der Leyer ha dado a conocer cuáles son los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones por las que se califica la «contribución sustancial a la mitigación del cambio climático» y se determina si cada actividad económica «no causa un daño significativo a ninguno de los otros objetivos ambientales».

El Acto Delegado incluye criterios para 80 actividades de mitigación del cambio climático y cerca de 100 actividades de adaptación. A continuación se detallan algunas de las principales novedades, pero para conocer en detalle cuáles son estos criterios en cada una de las actividades es posible consultar los anexos del Acto Delegado, aquí (Anexo I) y aquí (Anexo II).

  • Silvicultura: Se introducen cambios para reducir las cargas de las explotaciones forestales más pequeñas y se aclaran conceptos clave diseñados para garantizar que la contribución medioambiental es sustancial.
  • Fabricación de hierro, acero, aluminio, plásticos, productos químicos y tecnologías bajas en carbono: Los ajustes delinean las distintas actividades y revisan el umbral de emisiones para la producción.
  • Energía: Se conserva el umbral de emisiones transversales del ciclo de vida de 100 gCO2e/kWh para las actividades energéticas. La bioenergía ya no se etiqueta como transitoria, mientras que los de la energía hidroeléctrica se alinearon con la legislación de la UE vigente.
  • Transporte: Hay cambios técnicos que excluyen al ferrocarril electrificado y los transportes sin emisiones de escape del etiquetado “transicional” e incluyen las infraestructuras de vías navegables y los criterios para los autocares interurbanos en el anexo de adaptación al cambio climático.
  • Edificios: Se realizaron ajustes técnicos para introducir los criterios de consumo de agua y los equipos de eficiencia energética de edificios.

Se atrasa la decisión de la agricultura

La Comisión ha decidido que los criterios sobre la agricultura y su impacto en la mitigación del cambio climático se retrasen hasta el próximo Acto Delegado para facilitar una «mayor coherencia» por las negociaciones interinstitucionales en curso sobre la Política Agrícola Común (PAC).

«Se ha decidido retrasar la inclusión del sector agrario hasta el próximo Acto Delegado. Esto proporcionará una mayor coherencia entre los diferentes instrumentos disponibles para lograr las ambiciones medioambientales y climáticas del Pacto Verde Europeo«, explica el organismo.

El Acto Delegado cubre tanto la bioenergía como la silvicultura

No obstante, este Acto delegado prevé que la Comisión revise los criterios de selección tanto para la bioenergía como para la silvicultura en función de las próximas políticas de la Comisión. Se realizará una revisión en el momento de la emisión del Acto Delegado sobre el objetivo de biodiversidad.

Tres meses para decidir sobre la energía nuclear

Uno de los asuntos más delicados en la Taxonomía es la inclusión o no de la energía nuclear, que enfrenta a varios países con posicionamientos opuestos por los residuos que genera.

La Comisión ha especificado que el Centro Común de Investigación (CCI), su servicio interno de ciencia elaboró ​​un informe técnico sobre los aspectos de «no causar daños significativos» de la energía nuclear.

Este informe está siendo revisado actualmente por dos grupos de expertos independientes, que cuenta con tres meses para emitir su evaluación. Con los dos informes de evaluación que emitan, junto con el informe del CCI, la Comisión decidirá.

El gas: ni se incluye, ni se excluye, pero tiene opción a transitoriedad

Otro de los aspectos más controvertidos es el gas, por la variedad de opiniones sobre su papel en la transición climática. De momento, el Reglamento de taxonomía ni incluye ni excluye el gas natural en la taxonomía de la UE, después de la fuerte polémica suscitada entre sus defensores y sus detractores.

La Comisión esperará al Acto Delegado complementario, que se adoptará a finales de este año, para cubrir si el gas natural y las tecnologías relacionadas se incluyen como actividad transitoria en la medida en que estén dentro de los límites del Reglamento de Taxonomía de la UE; y teniendo en cuenta que puede jugar un papel básico en la transición energética para el carbono.

La decisión sobre el gas natural «se basará en la experiencia técnica y científica», recalca el organismo en un comunicado. En una entrevista con SOCIAL INVESTOR, Roberto Fernández Albendea, responsable de RSC y Reputación de Iberdrola y único directivo de una cotizada española que ha formado parte del grupo de expertos del TEG (Technical expert group) primero y de la Plataforma de Finanzas Sostenibles, explicaba cuál era el posicionamiento de la Plataforma.

“En el gas, me adhiero al TEG, que marca un límite universal de 100 gramos por KW hora”, señaló. Una medida que el acto delegado de la taxonomía conocido este viernes ha tomado -efectivamente- como referencia.

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