Los aspectos bajo revisión en la integración de la Taxonomía y el Reglamento de Divulgación

ESMA, EIOPA y EBA mantendrán abierta una consulta hasta el 12 de mayo para el desarrollo de la normativa técnica que integre ambos reglamentos

Las modificaciones en materia regulatoria continúan en la Unión Europea. A pocos días de que se defina la lista de industrias limpias en la taxonomía europea, los supervisores europeos han abierto un proceso de consulta relacionado con la normativa técnica (RTS) del Reglamento de Divulgación, que afectará -según la propuesta- a partir del 1 de enero de 2022 a las productos que persigan objetivos de mitigación y adaptación al cambio climático.

La iniciativa, coordinada por las tres autoridades europeas de supervisión (ESMA, EIOPA y EBA), conocidas como ESA, trata de armonizar ambas normativas, de acuerdo con FinReg360. El plazo de consulta estará abierto hasta el 12 de mayo y afecta a varios aspectos relacionados con la documentación contractual de los documentos.

Las modificaciones propuestas se circunscriben a los productos sostenibles; bien porque promuevan características ambientales o sociales o bien por tener objetivos sostenibles con un objetivo ambiental.

Es decir, que, en principio, englobaría a todos los fondos que se hayan incluido en los artículos 8 o 9 del Reglamento de Divulgación, cuya primera parte entró en vigor el pasado 10 de marzo, enfocados a temática medioambiental, que es justo lo que ha desarrollado la taxonomía.

La propuesta de la ESA es que normativa técnica para el grupo los productos con objetivo de mitigación y adaptación al cambio climático entre en vigor el 1 de enero de 2022; mientras que para el resto de productos sostenibles se aplicará el 1 de enero de 2023.

Esta previsto que el informe final se publique entre junio y julio de este año.

Una adaptación necesaria

De acuerdo con FinReg360, la taxonomía modificó ciertos puntos del Reglamento de Divulgación. En concreto especificó «la información, precontractual y periódica, que se debe divulgar para los  productos «sostenibles y facultó a las ESA a desarrollar RTS para concretar el contenido y la forma de presentar dicha información», desarrolla la firma especializada en asesoramiento regulatorio en el sector financiero.

Así, puntualiza que, según el Reglamento de Taxonomía, se considera que una actividad es sostenible desde un punto de vista ambiental si contribuye sustancialmente a alguno de los siguientes objetivos:

  • mitigación del cambio climático,
  • adaptación al cambio climático,
  • uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos,
  • transición hacia una economía circular,
  • prevención y control de la contaminación, o
  • protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

En paralelo, estas actividades no deben generar ningún «daño significativo» en los objetivos definidos.

Para incorporar esta novedad, la propuesta normativa afecta a la documentación que los fondos deberán ir publicando regularmente y también a la que se ofrezca precontractualmente.

Por ejemplo, en la documentación previa al contrato del producto, se deberán consignar si el producto se alinea con la taxonomía, especificar cuáles son los objetivos ambientales perseguidos.

La información específica sobre «daño significativo» estará exenta de publicación en web

En este último parámetro, la información -de acuerdo con la propuesta de la ESMA- deberá incluir una sección adicional denominada «¿Cuáles son los objetivos a los que contribuyen las inversiones sostenibles y cómo no causan un daño significativo (DNSH)?«, especifica FinReg360.

En el caso de la información que se debe ir remitiendo de forma regular está alineada con la precontractual; si bien el caso de la información sobre «daño significativo» se deberá aportar datos que justifiquen cómo ha impactado durante el periodo de tiempo.

Esta evolución, sin embargo, no será necesario divulgarla a través de la página web.

A la espera del listado de actividades ‘sostenibles’ de la taxonomía

Además de esta adaptación, se espera que de manera inminente -incluso esta semana- la publicación de las energías consideradas sostenibles; que desarrolla la taxonomía.

La consulta para desarrollar este aspecto de la normativa recibió más de 46.000 comentarios, pero se espera que la Comisión Europea, opte por una vía conciliadora con el gas.

Un punto que, previsiblemente, generará polémica es la nuclear. Enfocado hacia la descarbonización, esta tecnología se colocará en el grupo de sostenibles, a pesar de la polémica sobre sus residuos.

Francia es una de sus grandes defensoras.

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