La CNMV requerirá a las cotizadas que informen sobre las acciones de lealtad y su vigencia

Lanza a consulta pública un proyecto de Circular sobre las modificaciones que aplicará en los informes de gobierno corporativo y de remuneraciones que también supondrá más información sobre las retribuciones de las cotizadas

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) va a requerir a las empresas cotizadas que informen sobre la estructura de su capital en lo referente a las acciones de lealtad, así como el plazo de tenencia que contemplan para este tipo de títulos, que otorgan mayores derechos de voto a sus tenedores.

No será una medida inmediata, sino que forma parte del proyecto de Circular, que ha publicado el supervisor y que modificará tanto el modelo de Informe Anual de Gobierno Corporativo (IAGC) como el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros (IARC).

Una Circular que incluye las reformas introducidas en la Ley de Sociedades de Capital, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado mes de abril; y que será sometida a consulta pública hasta el próximo 5 de agosto, fecha tope para que los interesados den su opinión al supervisor.

Sin embargo, la intención del organismo encabezado por Rodrigo Buenaventura es clara: quiere que las empresas que opten por este tipo de acciones reforzadas lo detallen en los informes que anualmente remiten al supervisor.

Se trata de un tipo de acción muy discutida desde el punto de vista del buen gobierno corporativo y por los ‘proxy advisor’, porque rompe el principio de ‘una acción, un voto’.

De momento, sólo una cotizada, la firma de energías renovables Grenergy, ha introducido la creación de este tipo de títulos en el orden del día de la junta de accionistas que celebrará a finales de este mes de junio.

Más información sobre la estructura de propiedad

En el proyecto de Circular, la CNMV refleja que quiere “conocer si las sociedades han contemplado esta figura en sus estatutos sociales y tener información sobre los derechos de voto adicionales asignados a las acciones de lealtad”.

Una información que deberá incluirse, si el texto sale adelante tal y como está redactado actualmente, en los informes anuales de gobierno corporativo. 

“Se considera conveniente, para conocer la estructura de la propiedad de la sociedad, tener información sobre el total de acciones de lealtad que han sido solicitadas”, desglosa.

También, si estos títulos “están pendientes de que transcurra el periodo de tenencia obligatorio, así como sobre la parte de las participaciones significativas que corresponde a votos de lealtad”.

Esta nueva figura del capital de las cotizadas busca potenciar la implicación de los accionistas a largo plazo, que lleven más de dos años en el accionariado, al otorgarles el doble de derechos de voto.

Con una particularidad. Si al duplicar esos derechos de voto se supera la barrera del 30% del capital, la Ley contempla que el accionista en cuestión tendrá que una oferta pública de compra (OPA) por la totalidad de las acciones o rebajar su posición de control por debajo del citado 30%.

Mayor desglose sobre las actividades de los consejeros

No es el único cambio en lo relativo al informe de gobierno corporativo. La Circular también contempla que las compañías informen sobre los cargos que los consejeros desempeñan en otras entidades, sean o no cotizadas. 

Y “se establece la obligación de que las sociedades informen sobre las demás actividades retribuidas de los consejeros”, refleja el texto sobre el que ahora podrán pronunciarse las partes interesadas.

En lo relativo al informe anual de remuneraciones de los consejeros de sociedades cotizadas, se añaden diferentes aspectos.

Y sobre los cambios en sus remuneraciones

Uno de ellos, la “necesidad de que se informe sobre cualquier desviación del procedimiento para la aplicación de la política de remuneraciones así como sobre si se han aplicado excepciones a dicha política, derivadas de circunstancias excepcionales”.

En este sentido, el proyecto de Circular recoge que se deberá aportar “una explicación sobre cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad”.

Por último, indica la CNMV, se ha incluido un nuevo apartado para establecer comparaciones entre los importes anuales devengados por los consejeros de las cotizadas.

Por ejemplo, detalla, las empresas deberán informar sobre “las variaciones anuales experimentadas, durante los últimos 5 años en la retribución de cada uno de los consejeros, en los resultados de la sociedad y en la remuneración media sobre una base equivalente a jornada completa de los empleados que no sean consejeros”.

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