Europa planea retrasar la aplicación de los criterios técnicos del Reglamento de Divulgación

Tras la petición de la industria, estaría dispuesta a agrupar los 13 estándares técnicos regulatorios (RTS) en un solo acto delegado, que se publicará el 1 de julio de 2022

La segunda fase del Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles prevista para el próximo 1 de enero se verá atrasada hasta la segunda mitad del año, después de que la industria de la inversión colectiva hubiera pedido un aplazamiento que facilitara que todas las actualizaciones que están pendientes se produjeran a la vez.

De acuerdo con Reuters, la Unión Europea estaría planeando agrupar los 13 estándares técnicos regulatorios (RTS) en un solo acto delegado que se publicará el 1 de julio de 2022, seis meses más tarde de lo previsto, de acuerdo con una carta que se ha dirigido al Parlamento Europeo.

En la misiva firmada este jueves por el director general de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales, John Berrigan, se justificaría que esta demora garantizaría una implementación «fluida» de la regulación.

«Debido a la extensión y los detalles técnicos de esos estándares técnicos regulatorios…consideramos necesario facilitar la implementación sin problemas de los estándares por parte de los fabricantes de productos, asesores financieros y supervisores», señala Berrigan en la carta recogida por la agencia de noticias.

El Reglamento de Divulgación, en vigor desde el 10 de marzo, obliga a las gestoras a explicar en sus folletos en qué grado la sostenibilidad está ligada a la cartera y al modelo de gestión de cada producto.

Los productos considerados ‘sostenibles’ deben incluirse en los grupos 8 y 9, aunque el proceso de revisión de folletos está en marcha y siguen existiendo muchas dudas sobre el desarrollo técnico.

En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores publicó un documento con criterios interpretativos atendiendo a las dudas planteadas por las asociaciones sectoriales, señalando que gran parte de los contenidos del Reglamento siguen pendientes de desarrollo o de aclaración por parte de la Comisión Europea.

La industria de gestión de activos reclamaba más tiempo

“Damos la bienvenida a la decisión de la Comisión de posponer el RTS y diferir su fecha de aplicación en seis meses”, ha afirmado el asesor de políticas regulatorias de Efama, Dominik Hatiar, en declaraciones a IPE.

El portavoz de la Asociación de la inversión colectiva europea ha reconocido que «la fecha límite de solicitud del 1 de enero de 2022 se estaba volviendo cada vez más poco realista debido al retraso de la adopción de RTS, los desafíos de interpretación legal de Nivel 1 sin respuesta descritos en la carta de la ESA sobre la aplicación de SFDR».

La asociación solicitó un periodo transitorio que se prolongaría durante 2022 para poder armonizar la taxonomía sostenible con los requisitos técnicos del Reglamento de Divulgación, ya que todavía no cuentan con toda la guía técnica y, con el calendario actual, sería imposible poder tenerlo preparado el 1 de enero del próximo año.

Asimismo, EFAMA había pedido a la Comisión que acompasara los tiempos para que el engranaje regulatorio de las finanzas sostenibles arrancara sin demasiados sobresaltos para gestoras e inversores.

En concreto, recomendó que los plazos de aplicación de las divulgaciones de productos relacionados con la taxonomía en el Reglamento SFDR, las actualizaciones ESG de la directiva de los mercados de instrumentos financieros MiFID II y de los actos delegados de la directiva de distribución de seguros IDD y la etiqueta ecológica.

La industria sostiene que la ausencia resultante de información sobre la alineación con la taxonomía inhibiría otras obligaciones de divulgación que entrarán en vigencia en 2022.

Por eso, ponía en duda la utilidad de divulgar la proporción de actividades elegibles en 2022, en tanto que podría inducir a error a los participantes del mercado en su interpretación.

«Los inversores pueden interpretar este porcentaje como la proporción de actividades alineadas con taxonomía que cumplen con sus criterios técnicos de selección, mientras que solo informa sobre la proporción de actividades económicas cubiertas por la taxonomía, que no necesariamente cumplen con los criterios«, argumentó la asociación.

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