Sánchez ya puede recurrir a las acciones de lealtad y progresar en la ‘ola intervencionista’

Red Eléctrica, participada por la SEPI igual que Indra, por el momento no las ha propuesto de cara a su próxima junta de accionistas

Junta de accionistas

La crisis de reputación ESG en Indra, por el cuestionado cese de Fernando Abril-Martorell como presidente y la elección de Marc Murtra como su sucesor, ha puesto en el foco la relevancia del papel accionarial en las cotizadas de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que dispone de participaciones relevantes, no sólo en Indra, también en otra cotizadas con peso en el IBEX, como Red Eléctrica y Enagás.

Un poder de control e influencia, a través de sus participaciones de control, que podría verse reforzado a través de la recientemente creada figura de las acciones de lealtad.

Se trata de la herramienta aprobada este abril, vía Ley de Sociedades de Capital, para potenciar la implicación de los accionistas a largo plazo -aquellos que lleven más de dos años en el capital- de aquellas compañías que las activen, al concederles el doble de derechos de voto que al resto de los inversores.

¿Y puede aprovechar la SEPI esta nueva figura para reforzar su papel de control sobre las cotizadas donde participa? La respuesta rápida es sí, lo puede hacer.

La Ley de Sociedades de Capital entró en vigor, aunque con excepciones, 20 días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). De esta forma, las compañías cotizadas pueden aprobar esta figura, vía junta de accionistas, desde principios de este mes de mayo.

La SEPI ya puede mover ‘ficha’ para reforzar su poder

Por lo tanto, las compañías participadas por la SEPI ya pueden activar esta figura que permitiría una mayor influencia de la sociedad controlada por el Estado. De momento, no lo han hecho. REE, por ejemplo, acaba de convocar su junta anual de accionistas y no ha optado por esta opción.

La compañía presidida por Beatriz Corredor (ex ministra de Vivienda en el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero) no ha introducido en el orden del día la aprobación de esta controvertida figura desde el punto de vista del buen gobierno corporativo, la G de la ESG.

Hay que recordar que estas acciones rompen el principio de ‘una acción, un voto’, considerado esencial tanto para inversores institucionales que exigen el cumplimiento de los criterios ESG, como por los asesores de voto, los ‘proxy’.

Estos últimos pueden ser determinantes en el caso de Indra, si siguen ese principio y marcan la intención de voto en el nombramiento de quién sea el nuevo presidente en la junta prevista, en principio, para el próximo 30 de junio. Y, a día de hoy, no se ha publicado cuál va a ser el orden del día de esta cita.

Esquivar la obligatoriedad de una OPA

Actualmente, la SEPI controla el 20% de REE, mientras en Enagás su posición de control es del 5% y, en Indra, del 18,75%. Unos porcentajes que duplicarían su relevancia si se pusieran en marcha las acciones de lealtad, porque doblarían sus derechos de voto.

Uno de los problemas de duplicar los derechos políticos es que puede forzar a esos accionistas de referencia a tener que lanzar una oferta pública de adquisición (una OPA) por la totalidad de las acciones. 

En concreto, según recoge la Ley, esos accionistas de referencia deberán hacerlo cuando igualen o superen un 30% de los derechos de voto de la cotizada. Algo que le ocurriría a la SEPI tanto en REE como en Indra.

“Dicho accionista no podrá ejercer los derechos políticos que excedan de dicho porcentaje sin formular una oferta pública de adquisición dirigida a la totalidad del capital social”, desglosa la citada Ley.

Una oferta de compra que, además, se deberá lanzar en el plazo de tres meses desde que haya sobrepasado el umbral del 30% y siguiendo las reglas relativas a la determinación del precio equitativo para el resto de accionistas.

Sin embargo, la propia Ley deja una puerta abierta ya que, si no quieren lanzar una OPA, los accionistas con esos títulos de lealtad debe rebajar sus derechos de voto por debajo de ese porcentaje.

Pueden hacerlo bien reduciendo su participación o bien renunciando a los derechos por debajo del citado baremo. Además, mientras se realiza ese paso atrás no se puede hacer uso de esos derechos políticos adicionales.

Es decir, la SEPI no podría instar a su aprobación en las participadas -requiriendo un cambio de estatutos en una junta-, hacer uso de esas acciones de lealtad para hacer un movimiento estratégico, como nombrar un presidente; y, después, desprenderse de ese exceso de derechos de voto que le obligaría a lanzar una OPA.

Aunque le quedaría una baza, porque la Ley da la opción de pedir una dispensa a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), para eximir al accionista de referencia que haya duplicado sus derechos de voto y rebasado ese 30% de tener que lanzar una oferta por el 100%. 

Una herramienta de difícil aprobación

La dificultad de poner en marcha las acciones de lealtad radica, principalmente, en que se requieren unas mayorías reforzadas para su aprobación

Para que una junta incluya en los estatutos de la compañía el voto doble por lealtad es necesario el voto favorable de, al menos, el 60% del capital presente o representado en esa cita con los accionistas, siempre que representen el 50% o más del capital total suscrito con derecho a voto.

Además, se requiere el voto favorable del 75% del capital presente o representado si concurren accionistas que no lleguen a ese 50% del capital y este último, en ningún caso, podrá ser menos del 25%. 

Sin olvidar que, al ser una herramienta cuestionable desde el punto de vista del gobierno corporativo, puede ser contraproducente desde el punto de vista de la ESG, de modo que los inversores que exigen el cumplimiento de estos criterios pueden verlo como un claro desincentivo a la hora de optar por una cotizada.

Por ejemplo, Norges, el fondo soberano de Noruega, es uno de los accionistas de referencia de Indra, con el 3,7% de su accionariado.

Se trata de una firma claramente opuesta a este tipo de figura que discrimina a los accionistas. “Los derechos de voto deben de ser proporcionales a los derechos económicos. Una acción debe dar un voto”, asegura la firma noruega al explicar los principios que guían su inversión y por qué no ve con buenos ojos esta herramienta. 

Por otro lado, estas acciones de lealtad ya se han llevado en alguna ocasión a los tribunales. Por ejemplo, en ell enfrentamiento entre Vivendi y Fininvest por el control de Mediaset. En este caso, se consideró esta herramienta accionarial como abusiva por dar más poder sólo a algunos de los accionistas del grupo de comunicación italiano.

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